ATENCIÓN SANITARIA EN LOS CENTROS ESCOLARES

03 Noviembre 2019 01

Autora: Azucena Esteban Alonso.

 

03 Noviembre 2019 02

 

 

 

 

 

 

 

 

¿Qué hacer ante una situación como la descrita? ¿He hecho lo correcto como docente? ¿He hecho lo correcto como padre? Lo primero que hemos de tener presente es que la sección de este curso escolar no va dirigida a tratar aspectos morales, humanos, sociales, éticos, religiosos y un largo etcétera que podríamos añadir. No, sólo nos centraremos en los aspectos legales. Aunque pueda parecernos injusto, la legislación y las normas establecidas nos igualan. Es decir, la regulación normativa es la misma para todos.

Yo también me he encontrado alguna vez con situaciones similares. En una ocasión, sustituyendo a la compañera de Educación Infantil, a la entrada, uno de los padres me pidió que administrara aspirinas y jarabe a su hija puesto que tenía catarro y, como su madre no estaba en casa, él se excusó diciendo que no quería tener a la niña en casa porque no sabía cómo cuidarla. Muchos serían los aspectos a analizar en una sola conversación como esta. Pero, centrándonos en la aplicación de medicación (y nuevamente insistimos que solo hablamos de niveles normativos), ¿Cómo hemos de proceder? ¿Qué normativa reguladora he de tener presente? ¿Cuál es el procedimiento para la administración de medicamentos? A continuación, os contamos, en unos sencillos pasos, qué expone la legislación actual:

  1. Si el alumno necesita un fármaco a lo largo de la jornada escolar, los padres deberán solicitar, por escrito, al personal del centro la administración de dicho medicamento, aportando el informe médico (actualizado). De esta cuestión se deduce que un día puntual, que el niño se encuentra enfermo no hemos de administrar medicación. La lógica, de hecho, nos indica que lo más prudente es que el alumno permanezca en casa, evitando posibles contagios a otros compañeros.

03 Noviembre 2019 03

¿Qué datos debe contener el informe médico? Nombre completo del alumno, fecha de prescripción, fármaco a administrar, dosis, duración del tratamiento, especificaciones sobre la conservación del fármaco y vía de administración.

  1. El centro educativo debe contar con un consentimiento escrito por parte de los padres o responsables del alumno para la administración del fármaco, que se adjuntará a la solicitud de la familia. 
  1. ¿Quién y cómo se aporta el medicamento? Aunque resulte evidente, conviene aclarar que son los progenitores quienes han de aportar la medicación prescrita y reponerla cuando esta se acabe. También se dan casos en que las familias exigen que se administren pastillas desde el propio centro educativo. Sin embargo, no sólo la normativa sino la lógica nos indica que no resulta lo más conveniente, incluso para evitar problemas en cuanto al estado de los medicamentos, caducidad, etc.

En cada medicamento la familia rotulará el nombre del alumno, posología y frecuencia, procediendo de la misma forma cada vez que haya que renovarse el envase.

 03 Noviembre 2019 04

¿Qué ocurre entonces con el botiquín del centro escolar? No olvidemos que, la mayoría de los centros, no cuentan con una enfermería y, mucho menos con personal sanitario. Por lo tanto, son los propios profesores los que han de ejercer, como buenamente pueden, estas funciones, delicadas en algunos casos, sin contar con una formación adecuada la mayoría de las ocasiones. Curar una herida puede parecer que no entraña gran dificultad. Sin embargo, también existen familias que, tras haber procedido a las curas rutinarias básicas, tras una caída, por ejemplo, se muestran disconformes con la manera de realizar las mismas. Lo primero que se ha de entender es que los docentes no somos enfermeros, pero siempre procuramos curar a los alumnos de la forma más eficaz y cariñosa, sobre todo en el caso de los más pequeños, que muchas veces sienten miedo cuando se han caído o golpeado. Los maestros intentamos que sea un momento lo menos desagradable y traumático posible, aunque no curemos como lo haría un personal cualificado de la rama sanitaria. Tal vez no deberíamos, como comunidad educativa, quejarnos de cómo un profesor ha realizado la cura sino por qué no se realiza por parte de personal sanitario, debiendo agradecer que el alumno haya sido atendido.

¿Con qué instrumentos debemos contar en un botiquín para realizar la atención sanitaria básica en un centro educativo? La normativa recomienda disponer en los botiquines escolares del siguiente contenido:

       Material de curas: gasas estériles, compresas vendas de gasa de 10×10 cm, tiras adhesivas para aproximar pequeñas heridas, algodón, tiritas, esparadrapo, guantes, bolsa de hielo sintético, gasas orilladas (para taponamientos nasales), suero fisiológico y jabón neutro.

       Antisépticos y agua oxigenada.

       Pomada para quemaduras y antiinflamatoria.

       Termómetro

       Tijeras de punta redondeada y pinzas sin dientes.

       Azúcar (sobres o azucarillos)

Para mayor información sobre el tema tratado en el presente artículo, a continuación, se detalla la normativa relacionada con la atención sanitaria del alumnado en los centros escolares:

nov 3

 

 

9 JUNIO 2021 1
Familia y escuela

¿QUÉ CAMBIOS NOS DEPARA LA LOMLOE EN MATERIA DE PARTICIPACIÓN EDUCATIVA?

¿QUÉ CAMBIOS NOS DEPARA LA LOMLOE EN MATERIA DE PARTICIPACIÓN EDUCATIVA?

Autora: Azucena Esteban Alonso.

 

9 JUNIO 2021 2

   

 

 

 

 

 

 

 

Como no podía ser de otra forma, ante una nueva Ley educativa, se hace necesario analizar y comparar las aportaciones de cada una de ellas en materia de participación de la comunidad escolar, temas centrales de esta sección. ¿Son cambios sustanciales los que se recogen tras tres leyes orgánicas? ¿Estas líneas y líneas de palabras que llegan a aterrizar en el aula, en la vida diaria del centro? ¿Calan en el alma de la comunidad escolar?

Para adentrarnos en las indicaciones legales vamos, en un primer momento, a aportar una tabla comparativa de las tres últimas leyes. En ella, se ofrecen las palabras textuales de cada una de estas leyes orgánicas, para que cualquier lector pueda, no sólo conocerlas, sino juzgar los cambios, la diferencia de terminología empleada, etc.

Leer más
2 febrero 2021 1
Familia y escuela

EN CASA, ALGO NO FUNCIONA.

EN CASA, ALGO NO FUNCIONA..

Autora: Azucena Esteban Alonso.

 

 2 febrero 2021 2

 

 

 

 

 

Durante el curso 2017-18 la Junta de Castilla y León, publicó, con carácter experimental, el protocolo de intervención educativa ante posible riesgo y/o sospecha de maltrato infantil en el entorno familiar, al cual deberá remitirse el equipo docente del colegio al que acude Juan Antonio. Ciertamente, ninguno de los miembros de este claustro será el encargado o tendrá como función contrastar o confirmar la existencia de maltrato, puesto que este papel corresponde a otros servicios competentes en la materia. Sin embargo, el centro educativo y los docentes juegan un papel relevante en la detección, notificación y colaboración en los programas de intervención ante posible riesgo y/o sospecha, puesto que la actuación clave parte de la prevención.

¿Qué debemos saber, como docentes, antes de tomar una decisión?

Resulta necesario conocer las diferentes tipologías que emplea el Observatorio de la Infancia, distinguiendo entre el maltrato físico, emocional o la negligencia (que también puede ser física o emocional) y el abuso sexual (con o sin contacto físico). Al mismo tiempo, lo primero que debemos tener presente, antes de lanzarnos a emitir juicios de valor, tomar decisiones, valorar observaciones… es la responsabilidad legal del centro educativo. Así pues, este protocolo establece dos líneas esenciales centradas en el deber de protección y denuncia, así como en la comisión de delitos por omisión.

Leer más
1 Noviembre 2020 1
Familia y escuela

LAS NUEVAS REALIDADES.

LAS NUEVAS REALIDADES.

Autora: Azucena Esteban Alonso.

 

1 Noviembre 2020 2

 

 

 

 

 

 

Continuando la línea de las publicaciones del curso pasado, este año volvemos con nuevas entregas para acercar la normativa actual a la comunidad educativa. No siempre resulta fácil saber qué ley se esconde detrás de cada situación ni leer todos los documentos legales que regulan las más diversas realidades a las que hemos de hacer frente desde la escuela.

No obstante, esta afirmación no es óbice para desconocer los caminos legales que han de guiar nuestras actuaciones y decisiones, ni para conducirnos al margen de los mismos. Por lo tanto, lo que pretendemos con estos artículos se centra en acercar la legislación que todos hemos de conocer, de forma más amena y práctica. ¡Esperamos conseguirlo!

Leer más
MENÚ
Revista